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Reducciones7 min de lectura28 de febrero de 2026

La reducción por vivienda habitual en el impuesto de sucesiones: requisitos y límites por CCAA

Cómo funciona la reducción del 95% sobre la vivienda habitual en el impuesto de sucesiones. Requisitos, límites autonómicos y plazo de mantenimiento.

La reducción por vivienda habitual es una de las más importantes en el impuesto de sucesiones. Permite reducir el valor de la vivienda que hereda el cónyuge o los hijos en un 95%, con límites que varían según la comunidad autónoma.

Requisitos básicos (régimen estatal — art. 20.2.c Ley 29/1987)

  • El inmueble debe ser la vivienda habitual del fallecido
  • El heredero debe ser cónyuge, descendiente, ascendiente o colateral mayor de 65 años que conviviera con el causante durante los 2 años anteriores
  • El heredero debe mantener el inmueble durante 10 años. Si se vende antes, deberá pagar el impuesto diferido con intereses

Límites autonómicos en 2026

  • Andalucía: 99,99% sin límite de importe (mejora el estatal)
  • Cataluña: 95% con un límite de 500.000 € por heredero
  • Madrid: 95% con límite estatal de 122.606,47 €
  • Galicia: 100% sin límite para cónyuge e hijos
  • Canarias: 99% sin límite
  • Murcia: 99% sin límite

El plazo de mantenimiento

La mayoría de CCAA exige mantener la vivienda durante 10 años. Algunas comunidades han reducido este plazo a 5 años (Cataluña, Baleares). Si el heredero vende antes, deberá presentar autoliquidación complementaria más intereses de demora. La transmisión por fallecimiento del propio heredero no implica pérdida de la reducción.

Valoración de la vivienda desde 2022

Desde la Ley 11/2021, el valor fiscal de los inmuebles se determina por el valor de referencia del Catastro, que en muchas zonas es inferior al valor de mercado. Si el heredero considera que el valor de mercado es inferior al de referencia, puede impugnarlo aportando tasación pericial contradictoria.

📋Normativa y fuentes legales

Los enlaces dirigen a las fuentes legales oficiales. La normativa puede haber sido modificada posteriormente.

Aviso: Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal. La normativa del impuesto de sucesiones cambia frecuentemente. Actualizado a marzo 2026. Consulte siempre con un asesor fiscal antes de tomar decisiones.

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